El director Tendrá el certamen de atletismo a su cargo, así como el buen desarrollo del programa. Observará si todos los oficiales se han presentado para cumplir su misión y si fuera necesario designará reemplazantes y en colaboración con el comisario designado, dispondrá que sólo se permita la permanencia en la zona de las competencias a las personas autorizadas. El secretario del certamen Estará encargado de la convocatoria al certamen, de la comisión ejecutiva u otras y preparará toda la documentación correspondiente. Tendrá a su cargo todas las cuestiones administrativas, recibirá y distribuirá toda la correspondencia concerniente al certamen. El director técnico Actuará directamente bajo las órdenes del director del certamen de atletismo y tendrá la responsabilidad de velar para que las pistas, andariveles, zonas de impulso, círculos, arcos, sectores, foso, zonas de caída para saltos y lanzamientos, estén adecuadamente preparados; que todo el material atlético responda a las especificaciones reglamentarias y preparado para la aprobación del juez-árbitro, y se encuentren disponibles las planillas de resultados para los registros de saltos y tiempos. El jurado de apelación En los campeonatos zonales o de grupo se designará un jurado de apelación compuesto normalmente por tres a cinco personas. La función principal de tal jurado será examinar todas las reclamaciones conforme a la regla 147, así como cualesquiera otras cuestiones que se originen durante el desarrollo del certamen y se recurra a él para su solución. Su decisión será inapelable. Aun cuando en general los miembros del jurado no deben intervenir en el desarrollo del certamen, si observasen algún hecho que en su opinión requiera corrección, discutirán sobre el particular con el juez responsable, a quien dará su opinión de lo que corresponde hacer. Las decisiones que se tomen sobre cuestiones no cubiertas por el reglamento deben ser comunicadas por el presidente del jurado de apelación al secretario general de la F.I.A.A. Árbitros - Se designará separadamente un juez-árbitro para cada competencia en pista, otro para las de campo y otros para las pruebas que se realicen fuera del estadio.
- Será de la responsabilidad de un juez-árbitro cuidar del cumplimiento de las reglas y decidir sobre cuestiones técnicas que pudieran presentarse y que aparentemente no hayan sido previstas en las presentes reglas. Estará facultado para decidir el orden de clasificación en una carrera, únicamente cuando los jueces de llegada del o los puestos en discusión no puedan arribar a una decisión.
- Los jueces-árbitro distribuirán a los jueces en las distintas pruebas, en tanto esto no fuera hecho con anterioridad, especificando el cargo a cada uno (por ejemplo: círculo, tabla de pique, etc.). Harán saber a los jueces y se asegurarán de la información a los competidores, del número de intentos permitido con arreglo al reglamento, aun cuando figure impresa en el programa; supervisarán las distancias alcanzadas en las competencias, comprobarán los registros finales y mediarán en cualquier punto en litigio.
- El respectivo juez-árbitro tendrá facultades para excluir a cualquier participante por mala conducta y decidirá en el lugar toda reclamación o protesta con respecto al comportamiento de un competidor.
- Si a juicio de un juez-árbitro surgen circunstancias en una competencia que justifiquen la repetición de la prueba, estará facultado para disponer la anulación de la prueba en cuestión y hacerla realizar nuevamente, ya sea en el mismo día o en fecha posterior, como él lo decida a su absoluta discreción.
- El juez-árbitro estará facultado para cambiar el lugar de la competencia en cualquier prueba de campo, si a su juicio las condiciones así lo justifican. Dicho cambio se realizará una vez cumplida totalmente la rueda.
- Finalizada cada prueba, la planilla de resultados se completará de inmediato, será firmada por el árbitro y entregada al secretario.
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